Les informamos sobre las recientes medidas fiscales y tributarias adoptadas mediante el Real Decreto-ley 8/2023, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 28 de diciembre de 2023. Estas medidas están destinadas a hacer frente a las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como a paliar los efectos de la sequía. A continuación, destacamos las principales disposiciones que afectarán al ejercicio fiscal del año 2024.
1. Módulos 2024:
• Prórroga de límites excluyentes: Se extienden para 2024 los límites excluyentes de módulos, permitiendo a empresas con facturaciones específicas seguir beneficiándose de este régimen simplificado.
• Nuevo plazo de renuncia o revocación: Se establece un plazo hasta el 31 de enero de 2024 para la renuncia o revocación del método de estimación objetiva del IRPF y de los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del IVA.
2. Deducción en IRPF por obras de mejora de eficiencia energética en 2024:
• Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 la posibilidad de deducir un porcentaje del IRPF por obras destinadas a mejorar la eficiencia energética en propiedades, fomentando la rehabilitación energética.
3. Declaración electrónica del IRPF:
• Ampliación de opciones de presentación: Se establece que la declaración de IRPF no solo debe presentarse electrónicamente, brindando flexibilidad a los contribuyentes.
• Evaluación futura: Se plantea una evaluación de la obligación de declarar electrónicamente a través de encuestas y informes de asociaciones tributarias para mejorar la atención a los contribuyentes.
4. Declaración electrónica del Impuesto sobre el Patrimonio:
• Similar a la medida del IRPF, se introduce la posibilidad de presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio de forma exclusivamente electrónica.
5. Prórroga de la libertad de amortización en el Impuesto sobre Sociedades:
• Incentivo para energías renovables: Se prorroga la libertad de amortización para inversiones que utilicen energía renovable, fomentando la sostenibilidad.
6. Rebajas de tipos impositivos en el IVA:
• Tipo reducido del 5% o 0% sobre alimentos hasta el 30 de junio de 2024: Se aplicará un tipo reducido de IVA a alimentos específicos, incentivando el acceso a productos básicos.
• Tipo reducido del 10% sobre la electricidad durante 2024: Se mantiene una rebaja fiscal sobre la electricidad consumida por hogares durante todo el año.
7. Impuesto Especial sobre la Electricidad:
• Se establece una reducción en el tipo impositivo durante el primer semestre de 2024, beneficiando a los consumidores eléctricos.
8. Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas:
• Mínimo exento extendido: El mínimo exento de 700.000 euros se aplica a todos los sujetos pasivos del impuesto, sin importar su residencia.
• Prórroga de la aplicación: Se prorroga la aplicación del impuesto hasta la revisión de la tributación patrimonial.
9. Gravámenes energético y bancario:
• Prórroga durante 2024: Se extiende la aplicación de los gravámenes temporales previstos en la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito.
• Incentivos para inversiones estratégicas: Se plantea la posibilidad de establecer, en la Ley de Presupuestos Generales de 2024, un incentivo para que los obligados al pago en el sector energético accedan a beneficios fiscales al realizar inversiones estratégicas desde el 1 de enero de 2024.
10. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:
• Actualización de coeficientes: Se actualizan los coeficientes máximos a aplicar para la determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Estos coeficientes varían según el periodo de generación del incremento de valor y afectan a la valoración de terrenos urbanos en el momento del devengo.
11. Zona Especial Canaria:
• Eliminación de referencias temporales: Se elimina la referencia temporal en ciertos artículos de la Ley 19/1994, de 6 de julio, relacionados con la Zona Especial Canaria, sustituyéndola por referencias directas a normativas de la Unión Europea. Se deroga la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 31/2021, de 28 de diciembre.
12. Recuperación gradual del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía:
• Inicio de la recuperación: Se inicia la recuperación gradual del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía a partir de 2024. La base imponible se calcula de manera específica para el ejercicio 2024, considerando retribuciones correspondientes a la electricidad incorporada al sistema eléctrico.
Les recomendamos estar al tanto de estas medidas y ajustar sus estrategias fiscales para aprovechar las ventajas y cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes en el ejercicio fiscal 2024.